T13 | Académico Santiago Fernández explicó qué es la conducción temeraria y las sanciones que contempla la ley

El profesor abordó las diferencias entre una infracción por exceso de velocidad y la conducción temeraria. Además, explicó las sanciones que contempla la legislación y los efectos que puede tener la reincidencia.

Publicado el 28 de agosto, 2026 · 3 min lectura

El profesor Santiago Fernández, encargado de la Clínica Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad Finis Terrae, analizó qué se entiende por conducción temeraria y las sanciones asociadas a esta conducta tras el caso de la periodista Ivette Vergara, quien fue detenida tras ser sorprendida conduciendo a 160 kilómetros por hora.

El docente explicó que la legislación distingue los excesos de velocidad que corresponden a infracciones conocidas por los juzgados de Policía Local de aquellas conductas que superan ese ámbito y reciben una calificación penal.

En el caso de la conducción temeraria, precisó que uno de los elementos centrales corresponde a cuánto se supera la velocidad máxima establecida para cada tramo.

Los excesos de velocidad se dividen entre los que responden ante el Juzgado de Policía Local, que se califican como falta, y otros que el legislador califica penalmente”, explicó el profesor.

Conducción temeraria y exceso de velocidad

El docente Fernández señaló que el límite relevante corresponde a 60 kilómetros por hora sobre la velocidad máxima permitida, aunque su aplicación dependerá del tramo en cuestión. Al superar ese margen, explicó, la conducta entra en el ámbito penal.

El académico también recordó que la legislación sobre esta materia respondió, entre otros antecedentes, a conductas que llegaron a normalizarse, como las carreras clandestinas. Frente a este escenario, el legislador optó por entregarles un tratamiento más severo.

A propósito de una detención en flagrancia, el profesor recalcó además que esta circunstancia no elimina las garantías de quien enfrenta un procedimiento penal. “Que exista flagrancia no significa que no pueda existir presunción de inocencia”, señaló.

Sanciones y reincidencia en la conducción temeraria

El docente explicó que la normativa, vigente desde octubre de 2022, contempla distintas consecuencias para la licencia de conducir dependiendo de los antecedentes previos.

En una primera oportunidad, indicó, la suspensión puede extenderse desde seis meses hasta dos años. En una segunda ocasión, alcanza los cinco años, mientras que una tercera puede significar la cancelación de la licencia.

Finalmente, el profesor sostuvo que la regulación también ha contribuido a modificar la percepción social frente a los excesos graves de velocidad. A su juicio, se produjo un “cambio de paradigma” y una mayor conciencia ciudadana sobre la gravedad que pueden alcanzar estas conductas al volante.

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