En medio de las controversias por el mal uso de licencias médicas por parte de funcionarios públicos, la Corte Suprema ratificó que “hacer trampa es una falta grave a la probidad administrativa”. Ante esto, el profesor de Derecho Procesal de la Facultad, Juan Luis Chomalí, analizó sus implicancias.
En la columna de opinión “Recordar lo obvio”, publicada en DOE, el académico de la Universidad Finis Terrae recordó “un viejo refrán que dice: ‘lo obvio por obvio se calla y por callado se olvida’. La Excma. Corte Suprema en un reciente fallo nos volvió a recordar lo obvio”.
Según el análisis del profesor Chomalí, la Corte Suprema fijó dos estándares ante el mal uso de licencias médicas por parte de funcionarios públicos: “es una grave infracción al principio de probidad administrativa y que, previo sumario debidamente tramitado, la sanción puede ser la destitución”.
En la causa Rol 52.153-2025, la Corte “recordó que los funcionarios públicos deben dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones”. Además, se indicó que “la sanción de destitución es procedente en los casos de grave infracción a dicho principio”.
Junto a lo anterior, “cuando no se señale explícitamente, este fallo confirma que no procede tener en cuenta las circunstancias atenuantes cuando la sanción determinada para la infracción es la destitución, por así disponerlo la ley”.
Finalmente, el académico de la Facultad agregó que “confiamos en que, al recordar lo callado, esta sea la jurisprudencia imperante” en los casos de mal uso de licencias médicas.