Hace 10 años entró en vigencia la Ley 20.720, que cambió la lógica del sistema concursal chileno. Los académicos de la Facultad de Derecho, Benjamín Grebe y Vicente Tapia, analizaron la implementación de la normativa en entrevista con Diario Constitucional.
A juicio de los docentes, “el cambio cultural hacia la reorganización ha sido parcial e incompleto”. Esto se debe a que “la liquidación sigue siendo la salida predominante, y que la continuidad operativa de empresas viables continúa siendo la excepción”.
Según Grebe y Tapia, “el problema no es meramente normativo, sino estructural y de incentivos. El sistema chileno sigue reaccionando tardíamente frente a la crisis”. Además, “mientras no se fortalezca una aproximación temprana a la crisis empresarial, la reorganización seguirá operando más como una promesa normativa”.
Ante la problemática planteada, los académicos señalaron que “parece más realista y eficiente profundizar la especialización funcional —mediante capacitación continua, jueces con dedicación preferente, apoyo técnico y criterios jurisprudenciales más estables— antes que avanzar hacia una nueva jurisdicción”.
Sin embargo, los docentes destacaron como “aciertos” en la Ley 20.720 el abandono del paradigma sancionatorio, la despenalización de la insolvencia, la transparencia procedimental y la incorporación de mecanismos modernos de reorganización. “Estos cambios han contribuido a un sistema más racional y menos estigmatizante”, agregaron.
Finalmente, Grebe y Tapia aseguraron que “el principal déficit del sistema chileno no es la ausencia normativa de estas herramientas, sino su insuficiente eficacia práctica”. Con todo, “fortalecer la reorganización temprana aparece como el eje estructural prioritario, no por razones ideológicas, sino porque condiciona que el sistema concursal cumpla efectivamente su función económica”.
Revisa la entrevista completa sobre el sistema concursal:
Insolvencia, grupos empresariales y recuperación del crédito: Una mirada al sistema concursal actual