La brecha digital y la falta de alfabetización tecnológica ha limitado el ejercicio efectivo de derechos de adultos mayores. Así lo advirtió la profesora investigadora de la Facultad de Derecho de la Universidad Finis Terrae, Ángela Arenas, en entrevista con Actualidad Jurídica.
Entre los principales derechos afectados se encuentran la privacidad y la protección de datos. Más aún en un contexto de creciente digitalización de servicios y envejecimiento de la población que ha planteado desafíos urgentes para la regulación y las políticas públicas.
La académica profundizó en las consecuencias de esta brecha y señaló que afecta directamente la forma en que las personas mayores acceden a entornos digitales. “La brecha de alfabetización digital convierte los derechos que son formalmente reconocidos en derechos que no se pueden ejercer en la práctica”, comentó.
Del mismo modo, enfatizó que muchas personas mayores no comprenden completamente el funcionamiento de estas plataformas. Esto dificulta la entrega de un consentimiento informado sobre el uso de datos personales y los expuso a riesgos como fraudes digitales y robos de identidad.
Además, la académica agregó que este grupo etario enfrentó una vulnerabilidad particular que no había sido abordada con suficiente profundidad por el derecho. Esto se debe a factores como la menor familiaridad con entornos digitales y posibles limitaciones cognitivas.
Desafíos regulatorios ante el envejecimiento digital
Por otro lado, Arenas explicó que el envejecimiento acelerado de la población chilena planteó nuevos desafíos para las políticas públicas. Esto ultimo cobra mayor relevancia en un contexto de creciente digitalización de servicios estatales.
Así, cuando el Estado implementó sistemas digitales sin garantizar accesibilidad, generó escenarios de exclusión, particularmente en ámbitos como salud, pensiones y beneficios sociales, aseguró. Por esto, la académica enfatizó que las personas mayores deberían participar activamente del diseño de las políticas públicas, no como beneficiarias pasivas, sino como titulares de derechos con voz propia.