Radio Bio Bio | Académico Pablo Alarcón explicó las sanciones por otorgar créditos a deudores de pensiones de alimentos

El director de la Escuela de Derecho analizó las obligaciones que tienen las instituciones financieras al otorgar créditos a personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Publicado el 5 de agosto, 2026 · 2 min lectura

Pablo Alarcón, director de la Escuela de Derecho de la Universidad Finis Terrae, analizó en Radio Bio Bio las sanciones aplicadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a cinco bancos que otorgaron créditos a personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos sin cumplir con la obligación legal de retener parte de esos recursos para el pago de la deuda.

El académico explicó que esta obligación forma parte de las medidas incorporadas por la legislación para fortalecer el cumplimiento de las pensiones alimenticias y establecer mecanismos que incentiven a los deudores a regularizar su situación.

El académico Alarcón explicó que “una persona que incumple sus principales obligaciones legales no solamente debiera enfrentar un eventual juicio de familia, sino también, establecer una suerte de sanciones adicionales para las personas que no pagan sus pensiones de alimentos”.

El director de la Escuela de Derecho indicó que este tipo de medidas complementa las acciones judiciales existentes. Además, busca fortalecer el cumplimiento efectivo de las resoluciones dictadas por los tribunales de familia, como la obligación de pago de deudores de pensión de alimentos.

Medidas para disminuir deudores de pensión de alimentos

Asimismo, cabe recalcar que el Registro Nacional de Deudores forma parte de un conjunto de herramientas creadas para mejorar la eficacia del sistema de cobro de pensiones alimenticias y reforzar la responsabilidad de quienes mantienen obligaciones pendientes.

Los bancos aún pueden impugnar las sanciones. La normativa contempla un plazo de cinco días hábiles para presentar un recurso ante la propia CMF o de diez días hábiles para recurrir ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Por lo anterior, el académico sostuvo que este tipo de mecanismos busca garantizar el cumplimiento de una obligación que tiene un impacto directo en el bienestar de las familias y, especialmente, en la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

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